¿Sabías que no cumplir con la Ley 29783 puede poner en riesgo la estabilidad de tu empresa?
Situación actual de los accidentes laborales en el Perú
Según el Sistema de Accidentes de Trabajo (SAT) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo*, publicado en agosto de 2024 se registraron 3.280 notificaciones de accidentes laborales.
Cumplir con la Ley 29783, es decir, con la ley de seguridad y salud en el trabajo, no solo representa un requisito legal, sino que también constituye una inversión en el bienestar de nuestros trabajadores y, además, en el futuro de nuestras empresas.
Por otro lado, las multas, los accidentes laborales y las demandas legales son solo algunas de las consecuencias que puedes enfrentar si no cumples con la normativa. Asimismo, en un mercado cada vez más competitivo, la seguridad y salud en el trabajo se ha convertido en un factor diferenciador, ya que las empresas que priorizan el bienestar de sus empleados son más atractivas para los talentos y, por lo tanto, tienen una mayor probabilidad de éxito.
Descubre los principios de la Ley 29783* para proteger a los colaboradores, reducir costos y elevar a tu empresa al siguiente nivel:
1. Principio de prevención: El empleador tiene la obligación de garantizar en el área de trabajo, instaurar los medios y condiciones seguras y saludables para todos, incluyendo a sus trabajadores y a cualquier otra persona que se encuentre en las instalaciones.


Por lo tanto, el empleador debe tomar en cuenta los factores sociales, laborales y biológicos que puedan influir en la salud de los trabajadores. Asimismo, estos factores deben estar diferenciados según el sexo, con el fin de incorporar la dimensión de género en la evaluación y prevención de los riesgos en la salud dentro del lugar de trabajo.
2.Principio de responsabilidad: En primer lugar, el empleador deberá asumir las implicaciones económicas y legales que se deriven de un accidente laboral o de una enfermedad profesional. Del mismo modo, esta responsabilidad aplica cuando dichos eventos ocurren durante el ejercicio de las labores o como consecuencia directa de ellas. Por consiguiente, el cumplimiento de esta obligación garantiza la protección del trabajador y el respeto de los derechos establecidos en la normativa vigente. En resumen, la responsabilidad del empleador no solo es legal, sino también ética y preventiva.

3. Principio de cooperación: El Estado, los empleadores, trabajadores y organizaciones sindicales, tienen el deber de establecer mecanismos que garanticen una permanente colaboración y coordinación en en materia de seguridad y salud en el trabajo.


4. Principio de información y capacitación: El empleador se encarga de difundir a los colaboradores y organizaciones sindicales una oportuna y adecuada información y capacitación preventiva. El empleador debe destacar en los riesgos potenciales que puede enfrentar el colaborador.

5. Principio de gestión Integral: El empleador fomenta e incorpora la gestión de la seguridad y salud en el trabajo a la gestión general de la empresa.


6. Principio de atención integral: Los empleados que sufran algún accidente laboral o enfermedad ocupacional, tienen derecho a obtener las prestaciones de salud correspondientes, hasta su rehabilitación y recuperación, facilitando la reinserción laboral.


7. Principio de consulta y participación: El estado promueve mecanismos de consulta y participación de las empresas de los trabajadores más representativos y de los actores sociales para la adopción de las mejoras en materia de seguridad y salud en el trabajo.


8. Principio de primacía de la realidad: Los empleados, trabajadores y los representantes de ambos, brindan información completa y veraz del tema. Ante discrepancias, las autoridades reconocen que la realidad sobrepasa lo escrito en documentos.

9. Principio de Protección: Los empleados tienen derecho a un entorno laboral seguro y saludable que les permita una vida plena. El Estado y las empresas deben garantizar condiciones de trabajo que respeten su bienestar físico, mental y social.


Además, la Ley 29783 establece principios clave para garantizar la seguridad y salud en el trabajo. Por lo tanto, busca fortalecer la cultura de prevención y, al mismo tiempo, promover ambientes laborales seguros y sostenibles. De esta manera, fomenta la prevención, la responsabilidad y la cooperación entre empleadores y trabajadores. Asimismo, impulsa la capacitación continua y la mejora constante de los procesos internos. En consecuencia, se promueven condiciones laborales dignas y sostenibles para todos los colaboradores, asegurando su bienestar físico y mental. Por otro lado, estos esfuerzos fortalecen la confianza y la productividad del equipo. Finalmente, dichos principios permiten construir empresas más seguras, competitivas y socialmente responsables.
Prevengamos accidentes, promovamos una cultura de seguridad y construyamos juntos un entorno laboral más seguro.
Por lo tanto, en S&M Salud Ocupacional te ofrecemos diferentes soluciones tales como:

• Salud Ocupacional: Examen Médico Ocupacional, Levantamiento de Interconsultas y Vigilancia Médica Ocupacional.
• Asesoría y Consultoría en Seguridad y Salud en el Trabajo.
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FUENTE:
* Boletín estadístico mensual agosto 2024. Notificaciones de accidentes de trabajo, incidentes peligrosos y enfermedades ocupacionales.
* Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
https://diariooficial.elperuano.pe/Normas/obtenerDocumento?idNorma=38